Imprimir

Ley del deporte Artículo 72 SEXIES Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024

Ley del deporte
Artículo 72 SEXIES.

Los integrantes del Panel deberán inhabilitarse de intervenir de los asuntos que se sometieren a su conocimiento en caso de que incurran personalmente en alguno de los motivos de abstención contemplados en el artículo 12 de la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, comunicándolo inmediatamente a las partes a través del secretario de la sala. Sin perjuicio de ello, las partes podrán solicitar la inhabilitación directamente al Panel, el cual resolverá de acuerdo con lo dispuesto en los estándares internacionales aplicables al caso.

Los miembros del Panel cesarán en sus funciones por las siguientes causas:

a) Término del período legal de su designación.

b) Renuncia voluntaria.

c) Destitución por notable abandono de deberes.

d) Incapacidad sobreviniente.

Se entiende por tal aquella que impide al integrante ejercer el cargo por un período de tres meses consecutivos o de seis meses en un año.

e) No cumplir lo dispuesto en el inciso primero de este artículo.

La declaración de la concurrencia de las causales previstas en los literales c), d) y e) precedentes se tramitará conforme al procedimiento sumario establecido en el Título XI del Libro III del Código de Procedimiento Civil. Este procedimiento será de competencia de los juzgados de letras en lo civil de la comuna de Santiago.

La resolución que haga efectiva la destitución deberá señalar los hechos en que se funda y los antecedentes tenidos a la vista para acreditarlos.

Producida la cesación en el cargo, si el tiempo que le restare fuere superior a ciento ochenta días, deberá procederse al nombramiento del reemplazante de conformidad a las reglas contenidas en esta ley. En el caso de las letras b), c) y d) precedentes, el reemplazante durará en el cargo el tiempo que restare del respectivo período.

Los recursos materiales, técnicos y humanos necesarios para el funcionamiento del Panel de Expertos en Dopaje deberán ser proveídos por la Subsecretaría del Deporte, con cargo al presupuesto anual del Servicio.



Chile Art. 72 SEXIES Ley del deporte
Artículo 1 ...72 QUÁTER 72 QUINQUIES 72 SEXIES 72 SEPTIES 73 ...80

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?

Gracias de antemano por su respuesta.


Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.


De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.

 De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

Email: [email protected]

Sitio web: www.palmaabogados.cl

WhatsApp: 56978732483


Si, es embargable cualquier producto bancario, incluidos los fondos en la cuenta de ahorro para la vivienda.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

Email: [email protected]

Sitio web: www.palmaabogados.cl

WhatsApp: 56978732483


¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse