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Ley del deporte Artículo 40 U Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024

Ley del deporte
Artículo 40 U.

Si las conductas descritas en los artículos 287 bis, 287 ter, 463, 463 bis, 463 ter, 463 quáter, 470, números 1 y 11, y 473 del Código Penal son realizadas por quien desempeñe algún tipo de función en una organización deportiva de aquellas contempladas en esta ley o en la ley N°20.019, que regula las sociedades anónimas deportivas profesionales, cualquiera que sea su denominación, la pena asignada al delito respectivo deberá imponerse conjuntamente con la pena accesoria de inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos, empleos, oficios o profesiones en organizaciones deportivas. Esta pena produce:

1. La privación de todos los cargos, empleos, oficios y profesiones ejercidos en organizaciones deportivas.

2. La incapacidad perpetua para obtener cargos, empleos, oficios y profesiones en organizaciones deportivas.

En este caso, una vez que esté ejecutoriada la sentencia definitiva, el tribunal la comunicará al Instituto Nacional del Deporte.



Chile Art. 40 U Ley del deporte
Artículo 1 ...40 S 40 T 40 U 41 42 ...80

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Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?

Gracias de antemano por su respuesta.


Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.


De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.

 De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.


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Si, es embargable cualquier producto bancario, incluidos los fondos en la cuenta de ahorro para la vivienda.


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¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?


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