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Ley de hacienda sobre ordenanza de aduanas Artículo 23 TER Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024

Ley de hacienda sobre ordenanza de aduanas
Artículo 23 TER.

En el caso de las destinaciones de importación y exportación, y a efectos de llevar a cabo sus funciones de fiscalización y auditoría, el Servicio de Aduanas podrá certificar a personas con el objeto de que le asistan en los procesos de determinación de peso, humedad, extracción de muestras, preparación de muestras representativas, medición, calibraje, análisis químicos y otros que se determinen por resolución del Director Nacional de Aduanas.

Mediante reglamento expedido a través del Ministerio de Hacienda se establecerán los requisitos y obligaciones que las personas referidas deberán cumplir para acceder a la certificación.

La certificación se otorgará por tres años, renovable por períodos sucesivos, siempre que la persona certificada mantenga los requisitos para su otorgamiento y cumpla las obligaciones asociadas a su rol en los procesos de importación o exportación en que haya intervenido. Las personas certificadas, sus socios, representantes y empleados, quedarán sujetos a la jurisdicción disciplinaria del Director Nacional de Aduanas, en los términos previstos en el artículo 202 de esta Ordenanza, sin perjuicio de toda otra responsabilidad que resulte aplicable.



Chile Art. 23 TER Ley de hacienda sobre ordenanza de aduanas
Artículo 1 ...23 23 BIS 23 TER 24 25 ...211

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Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?

Gracias de antemano por su respuesta.


Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.


De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.

 De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.


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¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?


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