Introduce modificaciones a la ley sobre impuesto a la renta; modifica tasa del impuesto al valor agregado; establece beneficio a las donaciones con fines educacionales y modifica otros textos legales que indica Chile
Introduce modificaciones a la ley sobre impuesto a la renta; modifica tasa del impuesto al valor agregado; establece beneficio a las donaciones con fines educacionales y modifica otros textos legales que indica
- Artículo 1. Para los fines de la presente ley y salvo que de su contexto se siga otro...
- Artículo 2. Las donaciones que se efectúen al amparo de esta ley deberán efectuarse en...
- Artículo 3. Las donaciones que se acojan al beneficio establecido en esta ley no podrán...
- Artículo 4. Aquella parte de la donación efectivamente pagada que no pueda ser utilizada...
- Artículo 5. Sólo darán derecho al crédito establecido en esta ley las donaciones que...
- Artículo 6. El proyecto educativo deberá estar referido a lo siguiente: a.- La...
- Artículo 7. Los beneficiarios que opten por financiar en todo o parte su proyecto...
- Artículo 8. Los proyectos, debidamente aprobados, no podrán ponerse en práctica sino una...
- Artículo 9. Los beneficiarios deberán preparar anualmente un estado de los ingresos y...
- Artículo 10. Sin perjuicio de las sanciones establecidas en otras normas legales, el...
- Artículo 11. Para los efectos de determinar el límite establecido en el inciso segundo...
- Artículo 12. Si a la fecha de ejecución total del proyecto el establecimiento educacional...
- Artículo 13. El Intendente respectivo deberá informar públicamente, en el mes de abril de...
- Artículo 14. El Servicio de Impuestos Internos fijará un procedimiento simplificado al...
Otras regulaciones
Establece el 22 de mayo de cada año como el día nacional de la memoria y educación sobre desastres socio-naturales Ley orgánica constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y servicio electoral Establece un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educacion superior Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2021 Crea un sistema nacional de areas silvestres protegidas del estadoMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
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Andrés Retamales, abogado.
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