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Establece normas para las operaciones de credito y otras obligaciones de dinero que indica Artículo 34 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024

Establece normas para las operaciones de credito y otras obligaciones de dinero que indica
Artículo 34.

La entidad afectada podrá reclamar de la aplicación de la multa establecida en el numeral 2) del artículo anterior o de su monto ante la Corte de Apelaciones correspondiente a su domicilio dentro del plazo de diez días hábiles contado desde que la Superintendencia notifique su resolución mediante el envío de carta certificada.

Una vez presentada la reclamación, la Corte dará traslado al Superintendente por diez días hábiles y, evacuado dicho trámite o acusada la correspondiente rebeldía, la Corte dictará sentencia sin ulterior recurso.

Luego de ejecutoriada la sentencia de la Corte, en el caso de que ésta confirme la sanción aplicada, o transcurrido el plazo del inciso primero sin que la entidad afectada efectúe la reclamación pertinente, deberá procederse al entero de la multa en la Tesorería General de la República.

Si la multa no fuere pagada, la Superintendencia podrá demandar ejecutivamente al infractor ante el juzgado de letras en lo civil competente, acompañando copia de la resolución que aplicó la sanción o de la sentencia ejecutoriada en su caso, la que tendrá por sí sola mérito ejecutivo.



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Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?

Gracias de antemano por su respuesta.


Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.


De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.

 De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

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Si, es embargable cualquier producto bancario, incluidos los fondos en la cuenta de ahorro para la vivienda.


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¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?


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