Establece normas para la plena integracion social de personas con discapacidad Chile
Establece normas para la plena integracion social de personas con discapacidad
- TITULO I Normas preliminares Derogado.
- Artículo 1. (DEROGADO)
- Artículo 2. (DEROGADO)
- Artículo 3. (DEROGADO)
- Artículo 4. (DEROGADO)
- Artículo 5. (DEROGADO)
- Artículo 6. (DEROGADO)
- TITULO II De la Calificación y Diagnóstico de las Discapacidades Derogado.
- Artículo 7. (DEROGADO)
- Artículo 8. (DEROGADO)
- Artículo 9. (DEROGADO)
Artículo 10. (DEROGADO)
Artículo 11. (DEROGADO)
Artículo 12. (DEROGADO)
- TITULO III De la Prevención y Rehabilitación Derogado.
Artículo 13. (DEROGADO)
Artículo 14. (DEROGADO)
Artículo 15. (DEROGADO)
Artículo 16. (DEROGADO)
Artículo 17. (DEROGADO)
- TITULO IV
De la equiparación de oportunidades
Capítulo I
Del acceso a la cultura, a la información, a las comunicaciones y al espacio físico Artículo 19. Derogado.
Artículo 20. Derogado.
- Artículo 21. Las nuevas construcciones, ampliaciones, instalaciones, sean éstas...
Artículo 22. Derogado.
Artículo 23. Derogado.
Artículo 24. Derogado.
Artículo 25. Derogado.
- CAPÍTULO I
Del acceso a la cultura, a la información, a las comunicaciones y al espacio físico, y de los perros de asistencia
Derogado. Artículo 18. (DEROGADO)
- 2º. De los perros de asistencia para personas con discapacidad.
- Artículo 25 A. Toda persona con discapacidad, no obstante lo señalado en el artículo 6º,...
- Artículo 25 B. El acceso, la circulación y la permanencia, en los lugares y medios de...
- Artículo 25 C. Para los efectos previstos en esta ley, se entenderá por "perro de...
- Artículo 25 D. Los perros de asistencia deberán estar debidamente identificados, mediante...
- Artículo 25 E. Corresponderá al dueño del perro de asistencia, o a quien se sirva de él,...
- Artículo 25 F. El entrenamiento de perros de asistencia estará a cargo de instituciones con...
- Capítulo II Del acceso a la educación Derogado.
Artículo 26. (DEROGADO)
Artículo 27. (DEROGADO)
Artículo 28. (DEROGADO)
Artículo 29. (DEROGADO)
Artículo 30. (DEROGADO)
Artículo 31. (DEROGADO)
Artículo 32. (DEROGADO)
- Capítulo III De la capacitación e inserción laborales Derogado.
Artículo 33. (DEROGADO)
Artículo 34. (DEROGADO)
Artículo 35. (DEROGADO)
Artículo 36. (DEROGADO)
Artículo 37. (DEROGADO)
Artículo 38. (DEROGADO)
- Capítulo IV De las exenciones arancelarias Derogado.
Artículo 39. (DEROGADO)
Artículo 40. (DEROGADO)
Artículo 41. (DEROGADO)
Artículo 42. (DEROGADO)
Artículo 43. (DEROGADO)
Artículo 44. (DEROGADO)
Artículo 45. (DEROGADO)
- TITULO V Del Registro Nacional de la Discapacidad Derogado.
Artículo 46. (DEROGADO)
Artículo 47. (DEROGADO)
- TITULO VI Procedimiento y Sanciones Derogado.
Artículo 48. (DEROGADO)
Artículo 49. (DEROGADO)
Artículo 49 A. Artículo 49° A.- (DEROGADO)
Artículo 50. (DEROGADO)
Artículo 51. (DEROGADO)
- TITULO VII Del Fondo Nacional de la Discapacidad Derogado.
Artículo 52. (DEROGADO)
Artículo 53. (DEROGADO)
Artículo 54. (DEROGADO)
Artículo 55. (DEROGADO)
Artículo 56. (DEROGADO)
Artículo 57. (DEROGADO)
Artículo 58. (DEROGADO)
Artículo 59. (DEROGADO)
Artículo 60. (DEROGADO)
Artículo 61. (DEROGADO)
Artículo 62. (DEROGADO)
Artículo 63. (DEROGADO)
- TITULO VIII
Disposiciones Generales Artículo 64. Derogado.
- Artículo 65. Para el ejercicio de las funciones dispuestas por la letra h) del artículo...
Otras regulaciones
Del reconocimiento y protección de los derechos de las personas en la atención de salud mental Otorga asignación asociada al mejoramiento de trato a los usuarios, para los funcionarios pertenecientes a las plantas de técnicos, administrativos y auxiliares de los establecimientos de los servicios de salud Fija planta del servico medico legal Crea la subsecretaría de educación parvularia, la intendencia de educación parvularia y modifica diversos cuerpos legales Establece normas relativas al virus de inmuno deficiencia humana y crea bonificacion fiscal para enfermedades catastroficasMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
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Andrés Retamales, abogado.
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