Establece marco para la inversión extranjera directa en chile y crea la institucionalidad respectiva Chile
Establece marco para la inversión extranjera directa en chile y crea la institucionalidad respectiva
- TÍTULO PRELIMINAR
ÁMBITO DE APLICACIÓN - Artículo 1. Las disposiciones de esta ley serán aplicables a los inversionistas...
- TÍTULO I
DEFINICIONES Y RÉGIMEN APLICABLE A LA INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA
Párrafo 1°
Definiciones - Artículo 2. Para efectos de lo dispuesto en el párrafo 2° de este Título, se entenderá...
- Artículo 3. Para efectos de esta ley se entenderá por inversionista extranjero a toda...
- Artículo 4. Aquel que, de conformidad al artículo anterior, califique como inversionista...
- Párrafo 2°
Régimen aplicable a la inversión extranjera directa - Artículo 5. El inversionista extranjero tendrá derecho a remesar al exterior el capital...
- Artículo 6. El inversionista extranjero tendrá derecho a acceder al mercado cambiario...
- Artículo 7. Las operaciones de cambios internacionales a que den lugar las inversiones...
- Artículo 8. Los inversionistas extranjeros estarán exentos del impuesto sobre las ventas...
- Artículo 9. Los inversionistas extranjeros se sujetarán al régimen jurídico común...
- TÍTULO II
DE LA ESTRATEGIA DE FOMENTO Y PROMOCIÓN DE INVERSIÓN EXTRANJERA - Artículo 10. El Presidente de la República establecerá una estrategia de fomento y...
- Artículo 11. El Presidente de la República establecerá la estrategia de fomento por medio...
- TÍTULO III
DEL COMITÉ DE MINISTROS PARA EL FOMENTO Y PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA - Artículo 12. Créase el Comité de Ministros para el Fomento y Promoción de la Inversión...
- Artículo 13. El Comité de Ministros será presidido por el Ministro de Economía, Fomento y...
- Artículo 14. El Comité de Ministros podrá solicitar a la Agencia de Promoción de...
- TÍTULO IV
Párrafo 1°
De la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera - Artículo 15. Créase la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera, en adelante "la...
- Artículo 16. A la Agencia corresponderá la promoción de la inversión extranjera hacia el...
- Artículo 17. La dirección superior, técnica y administrativa de la Agencia estará a cargo...
- Párrafo 2°
Normas relativas al personal - Artículo 18. El personal de la Agencia estará afecto a las disposiciones de la ley Nº...
- Párrafo 3°
Del patrimonio - Artículo 19. El patrimonio de la Agencia estará formado por: 1) Los recursos que se...
- TÍTULO V
MODIFICACIONES DE OTROS CUERPOS NORMATIVOS - Artículo 20. Reemplázase, a contar del 1 de enero de 2016 o de la entrada en vigencia de...
- TÍTULO VI
OTRAS DISPOSICIONES - Artículo 21. Los gobiernos regionales, con sus propios recursos, podrán organizar...
Otras regulaciones
Establece el 11 de julio de cada año como día de la dignidad nacional Establece la libertad condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad Dispone el pago excepcional de asignaciones para el personal de salud y funcionarios de los servicios que indica Modifica articulo 6° de la ley n° 18.502, autoriza importacion de vehiculos que señala y establece normas sobre transporte de pasajeros Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legalesMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
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Andrés Retamales, abogado.
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