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Establece ley sobre almacenes generales de deposito Artículo 5 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024

Establece ley sobre almacenes generales de deposito
Artículo 5.

Tanto del certificado de depósito como el vale de prenda anexo tendrán las siguientes indicaciones:

1.- La designación o ubicación del almacén en que se hubiere hecho el depósito e individualización del almacenista;

2.- El número de orden y fecha del otorgamiento de los certificados;

3.- El nombre, profesión y domicilio del depositante;

4.- La naturaleza, calidad y cantidad de las especies depositadas;

5.- El estado actual de éstas;

6.- Los seguros que las caucionen;

7.- Las marcas y demás indicaciones necesarias para determinar la identidad y el valor de las especies depositadas, o bien, las indicaciones que exija el reglamento para establecer las características y fijar el valor de esas mismas especies;

8.- El plazo de vigencia y las prórrogas que las partes acuerden, respecto del depósito;

9.- La declaración del depositante de su calidad de dueño de las especies almacenadas, expresando si existe gravamen, prohibición o embargo sobre tales especies, y

10.- La constancia de su anotación en el registro del almacenista.



Chile Art. 5 Establece ley sobre almacenes generales de deposito
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Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?

Gracias de antemano por su respuesta.


Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.


De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.

 De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.


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¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?


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