Establece ley de subvención escolar preferencial Artículo 39 Chile
Establece ley de subvención escolar preferencial
Artículo 39.
El mayor gasto fiscal que representen las subvenciones a que se refiere el artículo 14, la subvención por concentración de alumnos prioritarios a que se refiere el artículo 16, el aporte adicional a que se refiere el artículo 20 y el aporte económico extraordinario del artículo 27, se financiará con cargo a los recursos que contemple la Ley de Presupuestos del Sector Público. El mayor gasto que represente esta ley para el Ministerio de Educación, por sobre la subvención y aportes anteriormente señalados, se financiará con cargo a reasignaciones del presupuesto de dicho Ministerio.
Chile Art. 39 Establece ley de subvención escolar preferencial
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Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?
Gracias de antemano por su respuesta.
Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.
De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.
De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.
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