Establece incentivos para el desarrollo economico de las regiones de aysen y de magallanes, y de la provincia de palena Artículo 11 Chile
Establece incentivos para el desarrollo economico de las regiones de aysen y de magallanes, y de la provincia de palena
Artículo 11.
Reemplázase el inciso primero del artículo 1º de la ley N° 19.275, por el siguiente:
''La recaudación que por concepto de derecho de explotación a que se refiere el artículo 6° del decreto ley N° 2.312, de 1978, se obtenga con motivo de las actividades de explotación de gas o petróleo en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena se destinará anualmente y en forma íntegra, a través de su incorporación en la Ley de Presupuestos respectiva, a constituir un Fondo para el Desarrollo Productivo de dicha Región, de carácter acumulativo, el cual será administrado por el Gobierno Regional para su asignación a proyectos de fomento y desarrollo de la Región.''.
Chile Art. 11 Establece incentivos para el desarrollo economico de las regiones de aysen y de magallanes, y de la provincia de palena
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Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?
Gracias de antemano por su respuesta.
Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.
De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.
De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.
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