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Dicta normas sobre movilizacion Artículo 18 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024

Dicta normas sobre movilizacion
Artículo 18.

El monto de las indemnizaciones que se generen con ocasión de la ejecución de la movilización, será fijado de común acuerdo entre la autoridad que ordenó la requisición u otras de las medidas previstas en esta ley, y el afectado por ellas, o por el tribunal competente, en su caso, conforme a lo dispuesto en la ley N° 18.415.

La prestación de servicios personales, sólo dará derecho al pago de la remuneración correspondiente al grado que invista, de conformidad con las disposiciones del decreto ley N° 2.306, de 1978. Tratándose de personas que no invistan grado militar su remuneración se determinará por el Director del respectivo campo de acción, o en quien se delegue esta facultad, sobre la base de las rentas establecidas para la Administración Civil del Estado.



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Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?

Gracias de antemano por su respuesta.


Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.


De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.

 De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.


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¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?


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