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Crea un registro voluntario de contratos agrícolas Artículo 15 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024

Crea un registro voluntario de contratos agrícolas
Artículo 15.

El registro de un contrato lo hará oponible a terceros, dará a las partes los derechos e impondrá las obligaciones que se señalan en esta ley y su reglamento.

Dicho registro producirá sus efectos mientras no se cancele mediante el procedimiento establecido en esta ley. Sin perjuicio de lo anterior, se eliminarán del registro todas las inscripciones de contratos agrícolas transcurrido un año, contado desde la fecha de término del contrato.

En caso de existir discordancia entre lo señalado en el contrato objeto de inscripción, su modificación o cancelación, y lo consignado en el formulario, primará, respecto de terceros, lo establecido en el formulario.



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Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?

Gracias de antemano por su respuesta.


Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.


De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.

 De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

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Sitio web: www.palmaabogados.cl

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Si, es embargable cualquier producto bancario, incluidos los fondos en la cuenta de ahorro para la vivienda.


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¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?


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