Crea el sistema elige vivir sano Chile
Crea el sistema elige vivir sano
- TÍTULO I
Del objeto y otras disposiciones generales - Artículo 1. Esta ley tiene por objeto promover hábitos y estilos de vida saludables para...
- Artículo 2. Los órganos de la Administración del Estado con competencia en materias...
- TÍTULO II
El Sistema Elige Vivir Sano - Artículo 3. Créase el Sistema Elige Vivir Sano, en adelante "el Sistema", el cual será...
- Artículo 4. Las políticas, planes y programas que sean parte del Sistema Elige Vivir...
- Artículo 5. Las políticas, planes y programas que sean parte del Sistema serán...
- Artículo 6. Las políticas, planes y programas señalados en el artículo anterior deberán...
- Artículo 7. El Presidente de la República, anualmente, determinará las políticas, planes...
- Artículo 8. Los programas que formen parte del Sistema serán sometidos a evaluaciones de...
- Artículo 9. El Sistema podrá utilizar instrumentos de información, incluidas encuestas...
- Artículo 10. Las personas que accedan a bases de datos en virtud de esta ley, deberán...
- Artículo 11. El Ministerio de Desarrollo Social podrá celebrar convenios con...
- Artículo 12. Créase el cargo de Secretario, contrata, grado 2, de la Secretaría Ejecutiva...
- Artículo 13. El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de esta ley durante el...
Otras regulaciones
Estatuto del personal de carabineros de chile Ley de violencia intrafamiliar Establécese el 25 de agosto de cada año como el día nacional del peluquero y peluquera Concede la nacionalidad chilena, por especial gracia, al ciudadano estadounidense señor tom d dillehay Interpreta el artículo cuadragésimo segundo transitorio de la ley n° 21.040, que crea el sistema de educación pública, con el objeto de proteger los ingresos de los trabajadores que indica traspasados a los servicios locales de educación públicaMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
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Andrés Retamales, abogado.
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